- Saboya, Sáchica, Chiquinquirá, Duitama, Sogamoso, Guateque, Garagoa, Paipa, Tibasosa, y Macanal son municipios con amplia tradición en producción de viveros con registro ICA.
- La Resolución ICA 4215 de 2014 establece los requisitos para el registro de viveros y comercializadores de semilla y material vegetal de propagación.
Material vegetal de propagación de calidad, buenas cosechas, acceso a mercados y rentabilidad para los productores, son algunos de los objetivos de las acciones de inspección, vigilancia y control fitosanitaria que realiza el ICA en viveros productores y comercializadores de material de siembra para el inicio de nuevos cultivos.
Los establecimientos comerciales de material de siembra de forestales, frutales y ornamentales, entre otras especies en Boyacá, fueron priorizados por el ICA para las visitas técnicas de seguimiento y verificación de las obligaciones establecidas en las resoluciones que rigen la propagación de cada una de las especies en mención.
Estas acciones de vigilancia permiten garantizar la calidad y la sanidad del material vegetal que se comercializa desde Boyacá a cualquier lugar del territorio nacional.
El Artículo 4o. de la Resolución ICA 4215 de 2014 establece entre otros, los siguientes requisitos para el registro de los viveros ante el Instituto.
- Nombre o razón social, dirección y teléfono del vivero y/o huerto básico.
- Certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio si es persona jurídica, con fecha de expedición no mayor a noventa (90) días calendario previos a la presentación de la solicitud ante el ICA, matrícula mercantil o RUT si se trata de una persona natural.
- Plano y ubicación del vivero y/o del huerto básico (coordenadas geográficas, límites, infraestructura y/o distribución, indicando las dimensiones en metros cuadrados).
- Acreditar la tenencia o posesión del predio en donde se ubica el vivero y/o el huerto básico.
- Lista de las especies y variedades de la semilla sexual y/o asexual de cítricos a producir y/o comercializar en el vivero y/o huerto básico.
- Contar con un programa de manejo integrado de plagas en el vivero y/o huerto básico.
El ICA invita a los viveristas de la región, que aún no se han registrado, para que inicien el proceso de registro y eviten sanciones.
Fuente: ICA